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Dirección de Protección de Derechos Del Niño, Niña y Adolescencia

Código único de oficina: 28-3-0

Responsabilidad primaria:

  • Ejecutar las medidas de protección de primer orden y excepcionales fijadas por el Órgano Rector del Sistema Integral de Protección de Derechos, facilitando el acceso a Instituciones y otros dispositivos de contención, destinados a niñas, niños y adolescentes, ante una amenaza o vulneración de sus derechos, promoviendo y fortaleciendo prioritariamente la permanencia en su ámbito familiar y comunitario.
  • Velar por la prevención en la comisión de delitos contra la integridad de niños, niñas y adolescentes, y propiciar la restitución de los derechos, en caso de que los mismos fueran vulnerados.

Acciones:

  1. Formular los programas y servicios necesarios para implementar la política de protección y restitución de derechos de la Niñez y Adolescencia, determinada por la Subsecretaría.
  2. Intervenir, asesorar y dictaminar en situaciones que impliquen vulneración de derechos de NNA, como ser abuso sexual, abandono, maltrato, violencia familiar, situación de calle, y/o infracción a la ley penal.
  3. Promover, agilizar y articular ante las instancias judiciales y/o administrativas competentes, acciones y medidas conducentes a la restitución de los derechos de NNA.
  4. Fortalecer y promover procesos de revisión, formación y transformación de las prácticas institucionales, tendientes a la protección integral de NNA.
  5. Coordinar con organismos gubernamentales y no gubernamentales con competencia específica en el tratamiento de adolescentes con problemas de consumo y adicciones de sustancias psicoactivas o estupefacientes, en miras a promover desde esta instancia, políticas de prevención y articulación para su reinserción social.
  6. Propiciar y garantizar la aplicación de los procedimientos administrativos necesarios, ajustados a normas procesales jurídicas, para la aplicación efectiva del Sistema de Protección Integral de Derechos.
  7. Diseñar principios rectores, y actualizar constantemente, normas generales y pautas específicas de funcionamiento institucional, ajustados a la doctrina de la Protección Integral de los derechos de NNA, para ser aplicadas a las instituciones públicas y privadas que brindan asistencia directa a NNA sin cuidados parentales.
  8. Aplicar los lineamientos impartidos desde la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia.
  9. Derivar a la Dirección de Coordinaciones de Delegaciones, las denuncias, seguimientos de casos y/o trámites, referidos a situaciones de vulneración de derechos, suscitados en las distintas Regiones, que hayan sido recibidas en forma telefónica y/o personal por su Departamento de Atención en Emergencia.
  10. Articular con la Dirección de Logística e Infraestructura, en la elaboración de proyectos de refacción de las Instituciones y arbitrar los medios necesarios para mantener y adquirir el equipamiento necesario en los dispositivos convivenciales dependientes de la Dirección, garantizando de ésta manera un servicio eficiente y la calidad de vida de las personas allí alojadas.
Instrumento legal
Concepto
Descripción
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Aprueba
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Directora
Quintana Vicente, Paola Soledad
paolaquintana@chaco.gob.ar
Datos de la oficina
Dependencia
Ministerio de Desarrollo Humano
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