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Dirección de Unidad de Asuntos Jurídicos

Código único de oficina: 28-204-0

Responsabilidad Primaria:

  • Asesorar al Ministro/a y Subsecretarios respecto a interpretaciones de alcance de nuevas normativas y de las vigentes, revisar y analizar las obligaciones derechos y consecuencias legales o procesales que surjan de los convenios y acuerdos que se firmen en el ámbito del Ministerio, emitiendo dictámenes y sugerencias de modificaciones a las cláusulas contractuales.
  • Sugerir las acciones que se requieran para ajustar a derecho cualquier instrumento legal que se dicte en el ámbito ministerial, u otros asesoramientos de tipo legal que requieran las autoridades superiores, pudiendo patrocinar y/o representar mediante poderes especiales dictados al efecto, al Ministro/a de Desarrollo Social, en caso de contestaciones de oficios, intimaciones y notificaciones fehacientes, de casos de controversia administrativa, o a requerimiento del Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chaco.
  • Asesorar respecto de la aplicación de las normas legales en el ámbito ministerial, y sobre los asuntos jurídicos relacionados con las funciones del Ministerio, teniendo presente los criterios y principios técnico-jurídicos que se le impartan desde la Asesoría General de Gobierno, a través de Memorándums y Dictámenes.

Acciones:

  1. Dictaminar, evacuar vistas y consultas en las actuaciones y expedientes administrativos que le sean remitidos al efecto, así como en todos los asuntos o cuestiones que se le requieran.
  2. Intervenir como parte legítima en los trámites que, por nulidad o revocatoria, se promuevan, cuando el acto impugnado se hubiere dictado por el/la Ministro/a de Desarrollo Social, los Subsecretarios o Directores con dependencia directa del Ministro/a, y a requerimiento de éstos.
  3. Intervenir y constituirse en parte interesada, a los efectos de la toma de conocimiento en los expedientes judiciales en los que el Ministerio de Desarrollo Social sea parte, a los efectos de mantener informado de los actos procesales al Ministro/a de Desarrollo Social.
  4. Participar, a requerimiento del Ministro/a, de los Subsecretarios/as o Directores con dependencia directa del Ministro/a, en los estudios y la concertación de convenios y tratados que celebren con organismos nacionales, provinciales o municipales, y organizaciones de la sociedad civil, a los efectos de asesorar respecto a los alcances y consecuencias legales que surjan de los mismos, pudiendo proponer reformas a la redacción de las cláusulas contractuales, ajustadas a derecho, en favor de los intereses del Ministerio/a, o del objeto sobre el que versan las convenciones.
  5. Dictaminar sobre la admisibilidad y procedencia de los reclamos, impugnaciones y recursos administrativos que deban ser resueltos por el Ministro/a, y en los conflictos de competencia que se susciten entre distintos organismos o reparticiones del Ministerio.
  6. Intervenir en los sumarios administrativos, conforme a lo dispuesto en el régimen disciplinario para el personal de la Administración Pública Provincial, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, cumpliendo las funciones de sumariante cuando así lo requieran el Ministro/a, los Subsecretarios o Directores con dependencia directa del Ministro/a, con facultades de rúbrica de notificaciones, citaciones y otros pasos procesales que requieran su intervención.
  7. Preparar los proyectos de Resolución de los sumarios administrativos y ponerlos al despacho del Ministro/a.
  8. A solicitud del Ministro/a, asesorar sobre la interpretación de las leyes y reglamentos administrativos, para su correcta ejecución y aplicación, fijando criterios de actuación basados en las interpretaciones legales que se hayan hecho desde la Asesoría General de Gobierno, o propiciar las acciones necesarias para la solicitud de criterios de interpretación a ese mismo Organismo, cuando las circunstancias lo requieran, o no existieran dictámenes previos sobre la materia de normas específicas.
  9. Suministrar, en general, todos los informes y opiniones legales que le requieran las Subsecretarías y Direcciones dependientes del Ministerio, por intermedio de sus funcionarios o autoridades superiores.
  10. Intervenir en la revisión de aspectos procesales y legales de redacción de proyectos de ley, decretos o reglamentos que se impulsen desde la Cartera Ministerial en razón de sus competencias, en su carácter de organismo de asesoramiento, consulta y consejo jurídico de las áreas funcionales.
  11. Tomar conocimiento y asesorar al Ministro/a respecto al alcance e interpretación de notificaciones o requerimientos, Cédulas, Oficios u otro tipo de documentos emanados del Poder Judicial, que versen sobre causas relacionadas al Recurso Humano, la Administración o denuncias respecto a incumplimiento de funciones de la cartera Ministerial, sin perjuicio de las funciones propias de las Direcciones dependientes de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, respecto de los mismos documentos, relacionados a la protección de derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en los que se intervendrá a solicitud de la parte interesada.
  12. Diligenciar y elaborar las contestaciones de oficios, cédulas o requerimientos de la Honorable Cámara de Diputados, de la Fiscalía de Estado o Tribunal de Cuentas de la Provincia, con ajuste a las formalidades requeridas por los Códigos de Procedimiento vigentes en materia Administrativa, Procesal Civil o Contencioso Administrativa.
Instrumento legal
Concepto
Descripción
Ratifica
-
Aprueba
-
Directora
Budalich, Mirna Noemi
Datos de la oficina
Dependencia
Ministerio de Desarrollo Humano
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