Recibir denuncias sobre situaciones de vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes en forma telefónica y por presentación espontánea en sede administrativa.
Coordinar y supervisar el buen funcionamiento del dispositivo de consultas y denuncias, vinculadas a la vulneración y/o violación de derechos de niños, niñas y adolescentes, de modo anónimo y gratuito, de cogestión e información con la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia de la Presidencia de la Nación, denominado Línea 102.-
Intervenir ante las denuncias telefónicas y/o presentación espontánea categorizadas como emergencias o urgencias, brindando la protección primaria requerida en casos de vulneración o violación de derechos, relacionados con NNyA.
Elevar a consideración de la Dirección de Protección de Derechos, los informes y causas de las situaciones abordadas por el Equipo Interdisciplinario de Emergencia, así como las denuncias categorizadas por tipo de vulneración, para su intervención y seguimiento, o a las que correspondieran tratamiento con medidas de protección, ordinarias o excepcionales.
Convocar y celebrar audiencias con NNA y sus familiares, emitir opiniones técnicas y elevar a las instancias encargadas de adoptar medidas de protección o iniciar los procesos de vinculación según correspondieran.
Coordinar con Instituciones educativas y de salud, y otras áreas de gobierno, para la atención integral de los NNA en situación de riesgo.
Elevar a las Direcciones pertinentes a sus respectivas incumbencias, las denuncias sobre vulneración de derechos u otras manifestaciones de necesidad de asistencia directa a NNA o de Adultos Mayores, cuando ellos estén involucrados en las denuncias telefónicas, para seguimiento de trámites o dictámenes técnicos pertinentes.
Realizar diagnósticos estadísticos de casos abordados.