Mapa del Estado

Secretaría de Derechos Humanos y Géneros

Código único de oficina: 46-1-0

Articulo 26: 

  1. La respuesta del Estado Provincial a las demandas de prevención y protección integral de derechos humanos y la solución legítima de conflictos sociales.
  2. Intervenir en todo lo concerniente a la elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas de promoción y protección de los derechos civiles, políticos, económicos,  sociales, culturales, comunitarios y los derechos de incidencia colectiva en general.
  3. Coordinar acciones vinculadas a la promoción y protección de los derechos humanos con los organismos del Estado Provincial y con las organizaciones no  gubernamentales de derechos humanos.
  4. Planificar, coordinar y supervisar la ejecución de las actividades de formación y fortalecimiento institucional en materia de derechos humanos, tanto en el ámbito estatal como en la sociedad civil.
  5. Intervenir en la observación activa, el seguimiento y la denuncia de casos y situaciones relativos a los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales,  culturales, comunitarios y de incidencia colectiva, conjuntamente con los organismos nacionales, provinciales, municipales y organizaciones de la sociedad civil.
  6. Intervenir en la recolección, actualización, preservación y digitalización de los archivos e informaciones vinculados a la vulneración de los derechos humanos por el terrorismo de Estado, manteniendo una relación permanente con los organismos gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales vinculados a la materia.
  7. Establecer alternativas para la resolución de conflictos de trascendencia social y propiciar el diálogo y entendimiento de las partes involucradas.
  8. Realizar el seguimiento de todas las situaciones que impliquen un conflicto social en los cuales intervenga el área, ya sea a pedido de parte o de oficio.
  9. Intervenir en los temas relacionados con la protección contra la violencia familiar y el resguardo de derechos humanos, especialmente en grupos vulnerables.
  10. Elaborar planes y programas específicos en materia de protección de los derechos humanos individuales y colectivos y supervisar su ejecución.
  11. Definir, dirigir y coordinar las políticas tendientes a revertir la violencia, el abuso y la discriminación contra las mujeres, e identidades femeninas y disidentes, desde una perspectiva integral de los Derechos Humanos.
  12. Promover la conformación de espacios institucionales de géneros dentro de los municipios de la Provincia para la creación de los servicios de prevención, y asistencia integral y gratuita para las mujeres que padecen violencia.
  13. Elaborar, implementar y monitorear mecanismos para el cumplimiento del Sistema de Protección hacia las mujeres en las acciones de información y prevención, asesoramiento y contención, abordaje y asistencia, en la sanción y erradicación de la violencia en todos los ámbitos en que las mismas desarrollan sus relaciones interpersonales.
  14. Articular y coordinar las políticas de su competencia con los distintos poderes, organismos e instituciones del Estado provincial y los Estados Municipales; comprometiendo a los ámbitos académicos, sindicales, empresariales, las organizaciones de defensas de los derechos de las mujeres y otras de la sociedad civil con competencia en la materia.
  15. Diseñar la conformación de una base de datos e implementar Registros de situaciones de violencia contra las mujeres de manera interjurisdiccional e interinstitucional, en lo que se establezcan los indicadores básicos aprobados por todos los Ministerios y Secretarías competentes, independientemente de lo que determine cada área a los fines especificados y acordados en el marco de los Consejos Federales con competencia en la materia.
  16. Conformación de una base de datos cuantitativos y cualitativos que proporcionen un soporte estadísticos para el diseño de las políticas e implementar proponiendo el análisis y difusión de los mismos, de manera periódicas, a manera de monitorear y adecuar las políticas publicas a través del Observatorio de la Violencia Contra las Mujeres.
  17. Diseñar y publicar una Guía de Servicios en coordinación y actualización permanente con las distintas jurisdicciones, que brinde información sobre los programas y los servicios de asistencia directa.
  18. Asegurar y garantizar los compromisos internacionales asumidos por el Estado Nacional en materia de derechos humanos, políticas de géneros, igualdad y diversidad, en coordinación con el Gobierno Nacional cuando corresponda.
Instrumento legal
Concepto
Descripción
Aprueba
-
Secretaria
Pérez, María Silvana
silvanamariaperez@chaco.gob.ar
Datos de la oficina
Dependencia
Oficina Del Gobernador
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