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Dirección General de Centro de Liberados

Código único de oficina: 7-30-0

Responsabilidad Primaria:

Atender la problemática del penado privado de su libertad, instrumentando medidas tendientes a lograr que dichas personas puedan reinsertarse en la sociedad.

Acciones:

  1. Articular mecanismos tendientes a la disminución de la criminalidad y reincidencia.
  2. Contribuir a la búsqueda de trabajo a los liberados condicionales, indultados, excarcelados y liberados de cárceles Provinciales y Nacionales, los medios necesarios para trasladarse al lugar de su residencia o al que proponga para trabajar y los socorros indispensables durante los primeros días de vida libre.
  3. Contribuir a mantener continua comunicación con las familias de los condenados y de los procesados con auto de prisión preventiva, internados en cárceles Provinciales y Nacionales, a fin de presentarles asistencia.
  4. Visitar a los penados, estudiar sus condiciones y aconsejar sobre la conveniencia y oportunidad de solicitar a la autoridad judicial acuerden los beneficios de la libertad condicional.
  5. Mantener relaciones con los Institutos, Sociedades, Empresas de Trabajo y Gremios e informar a las Autoridades Judiciales sobre la conducta y situación del liberado.
  6. Realizar estudios sobre diversos oficios profesionales en relación al comercio y la industria para orientar el trabajo en las cárceles.
  7. Confeccionar ficheros en los que se registren todas las personas sometidas al régimen del Patronato.
  8. Difundir los fines de la Institución, solicitando la cooperación general y procurando formar un amplio conocimiento público, para atraer hacia los liberados y excarcelados la más eficaz, humana y comprensiva protección social.
  9. Entablar y mantener relaciones de colaboración y reciprocidad con los Patronatos de Liberados de todo el Territorio de la Nación.​
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