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Dirección de Provincial Del Trabajo

Código único de oficina: 3-249-0

Responsabilidad Primaria:

Intervenir en las cuestiones vinculadas a las relaciones laborales, aplicando y haciendo aplicar las normas reglamentarias establecidas en la Provincia, actuando en común acuerdo con el Órgano dependiente a nivel nacional.

Acciones:

  1. Controlar y definir en las controversias individuales y colectivas para conciliar y arbitrar.
  2. Actuar ante los conflictos sindicales, intersindicales y de los trabajadores con las Asociaciones Profesionales cuyo reconocimiento sea de competencia de la Dirección.
  3. Disponer la inspección y vigilancia de los establecimientos y lugares de trabajo para garantizar las condiciones de seguridad, higiene y moralidad en que se desarrolla la labor, de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias generales.
  4. Intervenir en los reclamos por accidentes de trabajo, enfermedades profesionales e inculpables, despidos, vacaciones y en toda otra cuestión promovida por incumplimiento del Contrato de Trabajo, efectuando en su caso las liquidaciones.
  5. Participar en la celebración, homologación y registro de los Convenios Colectivos cuyo reconocimiento sea de competencia de la Dirección.
  6. Participar en la adopción de medidas para proporcionar al trabajador rural vivienda higiénica y decorosa y en el contralor del abastecimiento a sus necesidades y transporte a las zonas de trabajo.
  7. Disponer la aplicación de sanciones por infracción a las Leyes y Reglamentaciones Laborales, Nacionales y Provinciales.
  8. Controlar la inscripción de las Asociaciones Profesionales que actúen en el ámbito provincial.
Instrumento legal
Concepto
Descripción
Aprueba
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