Mapa del Estado

Secretaria de Municipios

Código único de oficina: 53-1-0

Articulo 27: 

1. Establecer y coordinar las relaciones institucionales entre gobiernos de orden municipal, provincial y nacional, con el objeto de mejorar la interacción y relacionamiento municipal.

2. Promover la descentralización, modernización, planificación, eficiencia y crecimiento sustentable de los municipios provinciales. 

3. Promover, fomentar y coordinar con las áreas competentes del Ejecutivo provincial, las políticas de incorporación de nuevas tecnologías, la concientización ecológica, y toda otra acción que haga a una evolución municipal sustentable.

4. Promover y fomentar mediante asistencia técnica el crecimiento demográfico ordenado y económicamente sustentable de los Municipios.

5. Relevar necesidades referentes a obras de infraestructura básica y elaborar estadísticas, banco de datos y proponer planes y/o programas que hagan a cobertura de las mismas y a la eficientización de las gestiones municipales.

6. Proponer pautas, herramientas y metodologías de financiamiento con el objeto de hacer eficiente el régimen de coparticipación de fondos provinciales a los Municipios.

7. Asistir y colaborar en la elaboración de políticas y pautas presupuestarias, salariales, de desarrollo económico de uno o más municipios y programas especiales para ciudades y municipios con miras a propiciar los principios de eficiencia y eficacia de la gestión pública.

8. Asistir a los Municipios en la realización de las pautas plurianuales de inversión, presupuestaria y de gasto, a fin de lograr una planificación eficiente en la prestación de los  servicios e inversión de la obra pública municipal.
9. Propiciar y gestionar el ordenamiento territorial, la coordinación tributaria, la actualización de los catastros municipales y toda asociatividad estratégica entre municipios que hagan al mejoramiento y/o eficiencia en la prestación de servicios.

10. Asistir a los municipios y ciudades para compatibilizar su agenda pública, con la del Poder Ejecutivo Provincial, con el objeto de fortalecer las políticas de desarrollo local.

11. Gestionar vínculos con organismos de apoyo técnico y financiero que amplíen las posibilidades de acceso al financiamiento de proyectos enmarcados en el desarrollo local.

12. Conformar un calendario de capacitaciones, observatorio de experiencias exitosas, asistencia a foros, congresos y ferias, que impulsen las políticas públicas de desarrollo local y municipal.

13. Generar programas orientados a la construcción de ciudades saludables y accesibles que mejoren la calidad de vida de los ciudadanos.

Instrumento legal
Concepto
Descripción
Aprueba
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Secretaria de Municipios
Bogado, Fermina Beatriz
bogadobeatriz@chaco.gob.ar
Datos de la oficina
Dependencia
Oficina Del Gobernador
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