Acciones:
1.- Promover y proteger los derechos de las personas en situación de calle de extrema vulnerabilidad.
2- Planificar y ejecutar acciones de prevención orientada al ejercicio pleno de los derechos de las personas, propiciando el mejoramiento de su calidad de vida, y el de sus familias.
3.- Planificar y ejecutar acciones de restitución de derechos vulnerados de niñas, niños y adolescentes, mujeres, jóvenes, adultos, y personas adultas mayores en situación de calle.
4.- Coordinar y derivar el abordaje de casos de niñas, niños y adolescentes en situación de calle, con la Dirección de Protección de Derechos de la Niñez y Adolescencia, y/o la Dirección de Coordinación de Delegaciones, según corresponda a su competencia.
5.- Capacitar en la problemática de personas en situación de calle a operadores territoriales.
6.- Consolidar un Registro de las demandas, la identificación de las zonas con mayor denuncia, y el abordaje e intervención llevado adelante en todo el territorio provincial.
7.- Brindar asistencia psicológica, social y asesoramiento legal a las personas en situación de calle que así lo requieran.
8.- Organizar talleres, encuentros y actividades culturales recreativas para concientizar a la población en general en la problemática de personas en situación de calle.
9.- Establecer criterios generales y específicos para la supervisión de las instituciones públicas o privadas, que presten asistencia integral, temporal o transitoria, a personas en situación de calle.
10.-Supervisar técnica y administrativamente los procesos de ingreso y egreso de las personas en situación de calle a los dispositivos institucionales dependientes del Departamento.
11.-Organizar, coordinar y controlar los recursos humanos, económicos, e informáticos asignados y afectados a cada uno de los dispositivos institucionales de su dependencia.