Intervenir en todo tipo de contrataciones para la adquisición de bienes y servicios que se realice en la jurisdicción, actuando todo ello en el marco del régimen de contrataciones vigente en la Provincia y normas complementarias.
Ejecutar, dentro de su competencia las funciones previstas en la Ley de la Administración Financiera del Sector Público Provincial N° 1092-A y sus reglamentaciones.
Generar las órdenes de compra de la jurisdicción.
Fiscalizar y verificar que las actuaciones a su disposición fueran realizadas.