Acciones:
1. Representar a la Delegación Regional de Trabajo.
2. Suscribir las resoluciones que dicte la Delegación en el ámbito de su competencia.
3. Conocer e intervenir en la resolución de conflictos individuales o colectivos de trabajo que se susciten en el ámbito de su correspondiente competencia territorial.
4. Celebrar audiencias de conciliación laboral.
5. Tramitar el Procedimiento Preventivo de Crisis de Empresa, según la Ley N° 24013
6. Ordenar la apertura y clausura del procedimiento preventivo de crisis de empresa.
7. Homologar acuerdos de partes.
8. Disponer la Conciliación Obligatoria en los conflictos colectivos de su competencia territorial.
9. Imponer multas en los casos del Artículo 54-inciso A) y C) de la Ley N° 481-L.