Responsabilidad Primaria y Acciones
ACCIONES
1. Emitir dictámenes, previo análisis integral de la situación denunciada y de reunir los elementos de prueba, sugiriendo a las autoridades la medida a tomar.
2. Dictaminar el archivo de la denuncia, cuando el hecho denunciado manifiestamente no configure una irregularidad, o de la instrucción del sumario surja la inexistencia de hecho irregular alguno, o cuando el hecho no constituya una violación a reglamentaciones o resoluciones emanadas del I.P.D.U.V.
3. Realizar las notificaciones y publicaciones legales que exija la Ley Provincial N°179-A para el procedimiento administrativo iniciado.
4. Otorgar “Apto libre de Denuncias”.
5. Instruir las actuaciones pertinentes, formando las actuaciones administrativas si fuere necesario, pudiendo acumularlas en los supuestos que de dos o más denuncias radicadas surja de que exista identidad de objeto y/o sujetos entre ellas.
6. Llevar un registro y un legajo de cada denuncia realizada sobre el que se elaborarán estadísticas.
7. Realizar a través de los equipos técnicos la constatación y/o verificación de la situación denunciada, elaborando el informe respectivo.
8. Recabar elementos de prueba referidos a las denuncias, requiriendo informes a las oficinas públicas o privadas correspondientes.
9. Intervenir en el proceso de recupero de viviendas que hayan sido denunciadas por abandono o falta de ocupación, conforme al protocolo establecido en la reglamentación vigente.
10. Remitir las actuaciones instruidas con proyecto de Resolución a la Gerencia de Asuntos Socioeconómicos una vez concluido el trámite efectuado a la denuncia.
Documentacion
Instrumento legal
Concepto
Descripción