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Centro de Atención y Control Ciudadano

Código único de oficina: 10-79-0

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en todo lo relativo a las denuncias realizadas por la ciudadanía tanto sobre terrenos y/o viviendas en situación irregular, reclamos par edificaciones o construcciones defectuosas, como de la irregular ejecución de obras públicas por parte de Cooperativas de Trabajo, Asociaciones y/o Fundaciones en las que sea comitente el I.P.D.U.V., otorgando asesoramiento integral a los ciudadanos, instruyendo las actuaciones pertinentes a los fines de recabar elementos que informen al Presidente o al Directorio sobre la veracidad y estado de la cuestión denunciada y realizando el consiguiente control y seguimiento de las mismas.

ACCIONES:

  1. Recibir e intervenir en los casos de denuncias radicadas por ciudadano por terrenos y/o viviendas entregadas por el I.P.D.U.V. que se encuentren deshabitadas, en alquiler, en venta, cedidas a título gratuito u oneroso, con deficiencias en la construcción, haciendo lo mismo en relación a las denuncias de particulares, respecto a los incumplimientos de culminación en tiempo y forma de las obras publicas en las que sea comitente el I.P.D.U.V. y han sido encomendadas para su ejecución a Cooperativas de Trabajo, Asociaciones o Fundaciones.
  2. instruir las actuaciones administrativas pertinentes, pudiendo acumularlas en los supuestos que de dos o más denuncias radicadas, surja que exista identidad de objeto y/o sujetos entre ellas.
  3. Realizar a través de los equipos técnicos la constatación y/o verificación de la situación denunciada, elaborando el informe respectivo.
  4. Realizar las notificaciones y publicaciones legales que exija la Ley Provincial N° 1140 para el procedimiento administrativo iniciado.
  5. Recibir los descargos de las personas o representantes de personas jurídicas denunciadas por presuntas irregularidades.
  6. Recabar elementos de prueba referidos a las denuncias, requiriendo informes a las Oficinas Públicas o Privadas correspondientes.
  7. Solicitar, con autorización del Presidente o en su defecto, la de uno de los miembros del Directorio, la remisión de expedientes donde tramitan actuaciones correspondientes al objeto de la denuncia al área del instituto responsable de su tramitación, a efectos de realizar un análisis integral de la situación.
  8. Brindar al Presidente o al Directorio, opinión técnica o sugerir acciones a implementar en los casos denunciados llevados a examen dichas autoridades para su posterior resolución.
  9. Remitir las actuaciones administrativas que no sean de exclusiva competencia, a la Dirección o Gerencia con facultades para entender en el asunto.
  10. Solicitar al área interviniente, a quien se remitan las actuaciones, informe de estado del trámite dado a la denuncia.
  11. Archivar la denuncia, previa dictamen fundado en tal sentido por el Director del Centro, cuando el hecho denunciado manifiestamente no configure una irregularidad, o de la instrucción del sumario surja la inexistencia de hecho irregular alguno, o cuando el hecho no constituya una violación a reglamentaciones o resoluciones emanadas del I.P.D.UV.
  12. Llevar un registro y un legajo de cada denuncia realizada, sobre el que se elaboraran estadísticas y se expedirán las certificaciones de "Apto libre de Denuncias".
  13. Otorgar el "Apto libre de Denuncias" como requisito previa a la cancelación, regularización, adjudicación, escrituración de viviendas y terrenos de propiedad del IPDUV, o cuando Ie sea solicitado para tramitaciones administrativas internas referentes a Cooperativas, Fundación, y/o Asociaciones que sean contratistas de obra pública.
  14. Concluido el tramite dado a la denuncia, remitir las actuaciones instruidas con proyecto de Resolución a la Gerencia de Asuntos Socioecon6micos, para la continuidad de las mismas.
Instrumento legal
Concepto
Descripción
Aprueba
-
Director
Fernandez, Susana Beatriz
Datos de la oficina
Dependencia
Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda (I.P.D.U.V.)
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