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Dirección de Defensa Civil

Código único de oficina: 3-105-0

Responsabilidad Primaria
-Constituir un ámbito de coordinación dirigido a evitar o reducir la pérdida de vidas humanas, los daños materiales y las perturbaciones sociales y económicas causadas por fenómenos extraordinarios de emergencia, estableciendo coordinación con los niveles nacionales y locales con competencia en la materia.
Acciones:
1. Establecer las políticas, planes y programas de protección civil en el ámbito provincial, de acuerdo con las políticas que establezca el Poder Ejecutivo Nacional.
2. Disponer la integración de los sistemas de alarmas y telecomunicaciones, en coordinación con los sistemas nacionales.
3. Organizar los servicios de defensa civil provincial y establecer el régimen de reclutamiento del personal voluntario que requieran.
4. Efectuar las previsiones para la evacuación de la población en caso de desastres.
5. Fijar anualmente los objetivos y orientación de la capacitación y adiestramiento de la población, educación pública y difusión, en materia de defensa civil.
6. Disponer la realización de estudios e investigaciones relativas a las zonas susceptibles de ser afectadas por desastres naturales.
7. Actuar como nexo con Bomberos Voluntarios y supervisar controles y auditorías de los mismos.
8. Diseñar subsistemas y redes de información de alerta y alarma.
9. Adoptar toda otra medida necesaria para limitar los daños que puedan producirse por efectos de desastre de cualquier origen.

Instrumento legal
Concepto
Descripción
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