Responsabilidad Primaria y Acciones
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Fijar lineamientos y políticas públicas como Órgano Rector y custodio del patrimonio del poder ejecutivo y del Sistema de Gestión de Bienes, conforme lo previsto en el Cap.VIII - Sec. A- Art.140 – Ley Nº 1092-A- de Administración Financiera para la Administración, ordenamiento y supervisión de los Bienes del Estado.
Instrumentar y reglamentar en cuanto a los bienes patrimoniales del Poder Ejecutivo en diferentes modalidades.
ACCIONES:
- Solicitar informes actualizados y fidedignos a las jurisdicciones.
- Verificar la existencia, estado y ubicación de los bienes de las jurisdicciones de la administración central, entes descentralizados y autárquicos.
- Llevar el control de los bienes asegurados, su vigencia y condiciones de contratación.
- Mantener actualizado un sistema de información y gestión para la administración, disposición, incorporación, ampliación, reparación y/o baja de bienes físicos del Estado Provincial.
- Velar por los debidos procedimientos que aseguren la incorporación de Bienes al patrimonio del Estado Provincial ya sea por compra, donación, permutas, herencias vacantes, etc.
- Promover la reglamentación referida al régimen de locación y comodato de inmuebles a cargo de cada jurisdicción y mantenerlas actualizadas.
- Instrumentar las medidas pertinentes para el destino de los bienes en desuso, su clasificación, restauración, reasignación, resguardo, subasta, remate y baja por destrucción.
- Elaborar proyectos de instrumentos legales de la Comisión Técnica Patrimonial, conformando listados de bienes subastar.
Documentacion
Instrumento legal
Concepto
Descripción